Cómo abordar el hostigamiento, el ciberacoso y la violencia en las escuelas
Se aproxima el Día Internacional contra la Violencia y el Acoso Escolar, expertos explican cómo prevenir y abordar el hostigamiento y ciberacoso en las escuelas para concientizar y sensibilizar.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) ​​designa el 7 de noviembre como el Día Internacional contra la Violencia y el Acoso Escolar. Este día tiene como objetivo sensibilizar sobre la urgencia de erradicar toda forma de violencia en el ámbito escolar, con un especial enfoque en proteger a los estudiantes en situaciones de vulnerabilidad.
El acoso escolar o bullying abarca maltratos psicológicos, verbales, físicos o sociales que ocurren de manera reiterada entre estudiantes, tanto en el aula, como a través de las redes sociales (ciberacoso).​ Este tipo de violencia se distingue por su repetitividad y carácter intimidatorio e incluye un abuso de poder por parte del agresor que se percibe como "el más fuerte".
Sin embargo, la Guía de orientación para la intervención en situaciones conflictivas y de vulneración de derechos en el escenario escolar de la Provincia de Buenos Aires sugiere utilizar el término “hostigamiento” para describir aquellas situaciones en las que uno o varios estudiantes marginan, discriminan y/o maltratan a pares sistémicamente. “Es fundamental entender que el hostigamiento dentro de la escuela no debe ser visto como una práctica intrínseca al entorno educativo. Es recomendable evitar el uso de términos como “acoso escolar” o “bullying”, ya que fijan conductas y no permiten la interpretación situacional de los comportamientos”, según marca la misma.
En este sentido, resulta pertinente hablar de “hostigamiento en la institución educativa” en alusión a la multicausalidad de las violencias, sin buscar tipologías que encasillan y etiquetan a los estudiantes. El hostigamiento puede ocurrir tanto dentro como por fuera del establecimiento escolar. Un ejemplo es el “ciber hostigamiento” que utiliza tecnologías de la información y comunicación para ejercer violencia.
Según Hugo Alfredo Vaninetti, abogado especializado en derecho informático y consultor, el ciberhostigamiento puede definirse como hostigamiento que un niño, niña y adolescente puede sufrir a través de las plataformas digitales, incluidas las redes sociales, servicios de mensajería instantánea y/o los juegos online. El hostigamiento busca someter a la víctima a tratos violentos, discriminatorios, humillantes o intimidatorios.
La amplia participación en redes sociales y el acceso a diversas tecnologías han creado situaciones de conflicto que exigen nuevas formas de intervención socioeducativa. Estos conflictos, que antes aparecían en espacios físicos, ahora suelen originarse, viralizarse y agravarse en las redes sociales. De esta manera, surgen desafíos de mayor complejidad. Se evidencia entonces la necesidad de abordar situaciones y de establecer un marco normativo que permita caracterizarlas y abordarlas de manera adecuada.
“En Argentina no existe una ley específica que regule el tema del ciberacoso. Sí puede ser aplicada la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que garantiza el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte”, expresó el abogado. Además, explicó que también se considera como manifestación de ciberacoso el que tiene o persigue una finalidad sexual, regulado por la Ley 26.904, conocida como Ley de Grooming, que establece una pena de prisión de 6 meses a 4 años para quien contacte a un menor de edad con el propósito de cometer un delito contra su integridad sexual.
En cuanto a sus consecuencias directas en el aprendizaje y desarrollo cognitivo de los estudiantes, Claudia Sierra, profesora y directora de nivel inicial con formación en Comunicación y Oratoria (UBA) y próxima a finalizar la carrera de Ciencias de la Educación, explica que tiene un profundo impacto en la salud mental, ya que los afecta emocionalmente. En consecuencia, aparecen sentimientos de vulnerabilidad, tristeza, miedo, aislamiento y, en algunos casos, depresión. Esto se traduce en una afectación directa en su bienestar y desarrollo integral, interfiriendo en su capacidad de aprender y participar en un ambiente seguro y de respeto.
Como docente con formación en Ciencias de la Educación, Sierra sugiere que participación de las familias como un aspecto fundamental, ya que, al fortalecer el vínculo comunicativo entre docentes, familias y estudiantes, se crea un ambiente de apoyo que contribuye a mejorar el rendimiento académico. La creación de vínculos con las familias facilita la construcción de normas y derechos, promoviendo una educación basada en el respeto y el cuidado mutuo.
Recomendaciones para la prevención e intervención ante hostigamiento escolar y ciberacoso:
Desde la perspectiva legal, Hugo Alfredo Vaninetti sugiere actuar según providencia de hostigamiento. Si es causa de compañeros identificables dentro del establecimiento, lo más adecuado es denunciar la situación en la institución escolar e iniciar el procedimiento correspondiente establecido en la Ley 26.892. En caso de anonimato, es fundamental acudir a las autoridades policiales o fiscales.
“Se recomienda dirigirse a la policía o a una fiscalía especializada en delitos informáticos para iniciar una investigación que permita identificar a los responsables bajo figuras como hostigamiento digital, amenazas o grooming, según la gravedad y finalidad del acoso”, expresó Vaninetti.
Por último, el abogado enfatizó en la conservación de pruebas, “Dada la volatilidad de las pruebas digitales, se recomienda resguardarlas adecuadamente. Es importante realizar capturas de pantalla, guardar URL, conservar los chats de mensajería y, de ser posible, contar con un perito que resguarda el material probatorio de forma adecuada antes de la denuncia”.
Crédito: Elaboración propia
Fuente: Guía de Orientación en situaciones conflictivas y vulneración de derechos escolares de la Provincia de Buenos Aires
Desde la perspectiva pedagógica, Sierra expresa que es crucial que la institución educativa intervenga activamente en estas situaciones, ya que tiene la responsabilidad de cuidar a sus estudiantes, quienes son sujetos de derechos. La intervención debe considerar la importancia de abordar las dinámicas de poder desiguales y de reducir el daño sostenido que el acoso puede provocar en los estudiantes afectados.
Es esencial escuchar activamente a los estudiantes y ofrecerles apoyo, informando al Equipo de Orientación Escolar para diseñar una estrategia en conjunto con el equipo de conducción y docentes. Asimismo, señaló la importancia de las familias para trabajar en corresponsabilidad y fomentar un entorno seguro. La intervención de trabajo en dinámica grupal, promoviendo relaciones de respeto y aceptación de la diversidad, asegura una convivencia saludable y reduce el impacto del acoso en los estudiantes.
La intervención coordinada y el compromiso compartido entre la institución, los docentes y las familias son esenciales para crear un entorno educativo libre de violencia y garantizar una experiencia escolar segura y saludable para todas y todos.